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⚠ Riesgo de sanción estimado
Incumplimiento da origen a sanciones ante autoridades de inspección, vigilancia y control laboral (Ley 1610 de 2013). Valor referencial calculado por brecha.
📋 Obligaciones clave — Art. 15 Ley 2466 de 2025
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Reporte al MinTrabajo en 15 días: cada contrato con PcD debe reportarse dentro de los 15 días siguientes a su celebración, a través del sitio electrónico del Ministerio del Trabajo.
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Ajustes razonables: el empleador debe realizar ajustes por cada trabajador para que pueda acceder, desarrollar y mantener su trabajo (num. 13, Art. 15).
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Actualizar Reglamento Interno de Trabajo: dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley (Art. 7, Par. 4°).
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Cronograma (Par. 3°): voluntaria durante el primer año (jun. 2025 – jun. 2026). A partir del segundo año es obligatoria con fiscalización del MinTrabajo.
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Excepción sectorial (Par. 2°): si en ciertos cargos o sectores no es posible contratar PcD, debe informarse al Ministerio del Trabajo.
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